- Peticiones, Quejas, Reclamos, Solicitudes y Denuncias

En Dolmen S.A. E.S.P. es un gusto poder ayudarte. A través de este canal puedes registrar tus peticiones, quejas, reclamos, solicitudes y denuncias, las cuales serán atendidas en días hábiles.
Este es un espacio para ejercer tu derecho a comunicarte y recibir respuesta oportuna frente a temas relacionados con nuestro servicio.
Peticiones
Mecanismo constitucional para solicitar información, documentos, respuestas o intervención frente a temas específicos relacionados con nuestros servicios.
Quejas
Expresiones de inconformidad sobre la forma en que se presta un servicio, se atiende un requerimiento o se actúa por parte del personal.
Pueden ser presentadas por personas naturales o jurídicas que hayan tenido una experiencia negativa con la atención recibida.
Reclamos
Manifestaciones formales por insatisfacción ante una mala ejecución de un servicio, incumplimiento de contrato u omisión de una petición.
Suelen provenir de personas jurídicas, administraciones públicas o líderes comunitarios que velan por el bienestar colectivo.
Solicitudes
Pedidos de información, orientación o intervención que no implican inconformidad.
Aplican para usuarios interesados en conocer más sobre los servicios, proyectos o alcance de Dolmen S.A. E.S.P.
Denuncias
Mecanismo mediante el cual cualquier ciudadano puede informar sobre una presunta conducta indebida, para que las autoridades competentes determinen si se ha cometido una infracción o delito.
¿Cuáles son los plazos para obtener respuesta a PQRSD?
El término para dar respuesta es de 5 días hábiles.
Si lo solicitado no es competencia de la entidad, 15 días hábiles.
Para solicitudes de interés general como:
- Peticiones
- Quejas
- Reclamos
- Solicitudes
- Denuncias
- Conceptos jurídicos o técnicos.
Este término de días es contado a partir de la fecha de presentación ante la empresa.
Sin embargo, hay determinados casos en los que el margen de tiempo puede aumentar o disminuir, de acuerdo a la naturaleza de la petición.
El usuario puede presentar su petición, queja o reclamo de forma verbal o por escrito, según su naturaleza.
Normativa aplicable
Ley 1755 del 30 de junio de 2015.
Decreto 166 de 2016.
Ley 734 de 2002
Constitución política de Colombia
Preguntas frecuentes
Sobre el servicio:
1. ¿Qué servicios presta Dolmen?
Dolmen S.A. E.S.P. opera y mantiene los servicios de alumbrado público, amoblamiento urbano y publicidad exterior en distintos municipios del país, mediante contratos de concesión.
2. ¿Qué se considera alumbrado público?
Es la iluminación instalada en vías, parques, plazas y demás espacios públicos, que permite garantizar la movilidad y seguridad de la ciudadanía durante la noche.
Reporte e intervenciones:
3. ¿Qué tipo de fallas puedo reportar?
Puedes reportar luminarias apagadas, intermitentes, encendidas de forma permanente, daños en reflectores y elementos del mobiliario urbano como semáforos, bancas, reductores de velocidad y señalizaciones verticales.
4. ¿Cómo hago un reporte de daño?
Puedes reportarlo a través de nuestros canales de atención:
📞 PBX: (605) 318 5900 – Ext. 12703
📞 Línea Gratuita Nacional: 018000 110 141
💬 WhatsApp: 317 223 8955
📧 Correo electrónico: servicioalcliente@dolmen.co
🏢 Oficinas de atención al usuario Visítanos en nuestros puntos presenciales. Ver aquí.
🌐 Página web
5. ¿Cómo identifico el número de la luminaria?
Cada luminaria cuenta con una codificación visible en el cuerpo del equipo, la cual permite su identificación.
6. ¿Qué es un proyecto de modernización o expansión?
- Modernización: consiste en reemplazar luminarias antiguas por tecnología LED.
- Expansión: implica la instalación de nuevos puntos de luz en zonas que actualmente no cuentan con cobertura de alumbrado público.
Trámites y Solicitudes:
7. ¿Qué es una PQRSD?
Es un mecanismo formal para ejercer el derecho a:
- Solicitar información (Peticiones)
- Expresar inconformidades (Quejas o Reclamos)
- Presentar sugerencias o denuncias
8. ¿Cómo presento una PQRSD?
Puedes hacerlo a través de nuestros canales de atención: correo electrónico, WhatsApp, atención presencial o en eventos comunitarios.
9. ¿Cómo hago seguimiento a una PQRSD?
Con el número de radicado correspondiente, a través de cualquiera de nuestros canales de atención.
Información administrativa:
10. ¿Qué es el impuesto de alumbrado público y quién lo cobra?
Es un tributo municipal que permite financiar el servicio de iluminación pública.
Cada alcaldía establece su valor y condiciones, el cual se liquida como un porcentaje en la factura de energía eléctrica del usuario.
Importante: Dolmen no recauda este impuesto ni define sus tarifas.